Programa de termalismo social
2 de mayo de 2010

El termalismo social se crea en España mediante una Orden del Ministerio de trabajo y Asuntos Sociales, en la que señala que es un servicio complementario a las prestaciones del sistema de la Seguridad Social, que tiene por objeto facilitar la asistencia, que en los balnearios se presta a las personas mayores que, por prescripción facultativa, la precisen.
¿Quiénes pueden participar?
Pueden participar en el programa los pensionistas del sistema de la Seguridad Social, por los conceptos de jubilación e invalidez, en todo caso y por el concepto de viudedad o de otras pensiones, únicamente cuando el solicitante haya cumplido los sesenta años de edad. Otros requisitos para participar en el programa son valerse por sà mismo para las actividades de la vida diaria y no padecer alteraciones de comportamiento que impidan la convivencia en un centro residencial, ni enfermedad infectocontagiosa. El solicitante puede ir acompañado de su cónyuge, para el que no se exige los requisitos de pensión y edad.
¿Qué servicios ofrece?
Alojamiento y manutención en régimen de pensión completa y en habitaciones dobles, de uso compartido.
Tratamientos termales básicos que incluyen el reconocimiento médico al ingresar en el centro, el tratamiento termal que en cada caso prescriba el médico del balneario y su seguimiento médico.
Actividades de animación.
Póliza colectiva de seguro turÃstico.
Los turnos tienen una duración de 12 dÃas, y los usuarios del programa realizan los desplazamientos a los balnearios directamente por sus propios medios.
¿Cómo se solicita la plaza?
Anualmente se publica en el BOE una resolución de la Dirección General del IMSERSO por la que se convoca a concesión de plazas para los pensionistas que deseen participar en el programa. Las solicitudes se pueden presentar personalmente o por correo en varias dependencias del IMSERSO, y en caso de estar interesados pueden ponerse en contacto con el Trabajador Social en el Ayuntamiento de Jete, el cual le ampliará la información y realizará los trámites oportunos.
El modelo de solicitud puede descargarse en www.seg-social.es/imserso
¿Cómo se adjudican las plazas?
En cada convocatoria se aprueba el baremo que se aplica para la valoración de los expedientes. Este baremo pondera prioritariamente el grado de necesidad para recibir los tratamientos, situación económica y edad de los solicitantes, participación en años anteriores o condición de familia numerosa. La adjudicación de plazas se efectúa de acuerdo con la puntuación obtenida por los expedientes, teniendo en cuenta los balnearios y turnos solicitados, asà como las plazas reservadas para cada provincia en función de la población potencialmente usuaria.
Plazo de presentación de solicitudes
Turnos de febrero a agosto ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plazas, hasta el 16 de enero de 2009.
- Para su inclusión en el orden que corresponda, hasta el 16 de mayo de 2009.
Turnos de septiembre a diciembre, ambos inclusive:
- Con prioridad en la adjudicación de plazas, hasta el 16 de mayo de 2009.
- Para su inclusión en el orden que corresponda, hasta el 31 de octubre de 2009.









